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jueves, 9 de abril de 2015

Suspensión de contrato como sanción disciplinaria

    


   Una de las causas de suspensión del contrato de trabajo es la sanción disciplinaria. 

   Ante determinados incumplimientos laborales de los trabajadores los convenios colectivos suelen incluir la posibilidad de suspensión de empleo y sueldo.
   Decidme, de acuerdo con vuestro convenio colectivo ( en normativa básica a consultar ) 
-qué tipo de faltas son castigadas con esta sanción y 
-qué conductas son consideradas como faltas de ese grado. Las de estética poned sólo dos 
( conductas ).

RESPONDED CON UN COMENTARIO A LA ENTRADA, hay +0,5 (tres primeros que estén bien ) o +0,25 ( resto ) para esta unidad en juego,

lunes, 21 de febrero de 2011

jueves, 10 de febrero de 2011

MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO



En este tema vamos a hablar de la modificación, la suspensión y la extinción del contrato de trabajo.
Los dos primeros apartados vais a elaborarlos vosotros sobre el esquema que os he mandado y consultando el ET y vuestro libro.

Como supongo que os habréis traido el usuario y la contraseña de la cuenta de Gmail (¿verdad Pedro Luis?)
1ºhaced grupos de no más de tres y entrad en Google Docs, veréis el documento que he compartido con vosotros y que se llama U.T.5,
2ºabrid una presentación nueva añadiendo al nombre el de los miembros del grupo,
3ºcompartidla entre vosotros y
4ºrellenad el esquema después de haber leido bien las instrucciones de la primera diapositiva.

Tenéis una hora a partir de ya, la mejor la colgaremos en el blog.

lunes, 31 de enero de 2011

Salarios de tramitación y prestación de desempleo


Google Imágenes

Parece que José Carlos tenía dudas sobre si cobrando la prestación de desempleo y declarado improcedente el despido con el correspondiente pago de salarios de tramitación tendría que devolverse aquella.
Desde el 2002 (Ley 45/2002) el sistema de prestación por desempleo se modifica tanto en la Ley Gral. de la SS que es la que establece la prestación como en la Ley de Procedimiento Laboral que regula los trámites judiciales laborales.
La Ley Gral de la Seguridad Social se modifica, por ejemplo, para exigir al desempleado el famoso "compromiso de actividad y disponibilidad para buscar activamente empleo" o para impedir que pueda solicitarse la prestación hasta que transcurran los días de vacaciones no disfrutados abonados con el finiquito.
En la Ley de Procedimiento Laboral se modifican algunos aspectos procesales de los juicios por despido entre los que se incluyen los salarios de tramitación estableciéndose que:
-de haber salarios de tramitación el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo se producirá una vez transcurrido el periodo que corresponda a estos, periodo que se incluirá obviamente a la hora de calcular los días de prestación que correspondan.
-la reclamación judicial del despido no impide la solicitud de la prestación así que una vez recaida sentencia por despido improcedente que condene al pago de salarios de tramitación,
a) si se opta por la indemnización y el trabajador ya había solicitado la prestación, se entenderá que esta ha sido cobrada indebidamente por lo que habrán de reintegrársele a la Entidad Gestora las cantidades percibidas tanto por el trabajador como por la Seguridad Social pudiéndola solicitar de nuevo como en el parrafo anterior
b) si, en cambio se opta por la readmisión el trabajador dejará de percibir la prestación de desempleo y las cantidades percibidas indebidamente habrán de ser igualmente reintegradas a la Entidad Gestora tanto por la Tesorería de la Seguridad Social como por el empresario que las deducirá de los salarios dejados de percibir o de tramitación que habrá de pagar al trabajador. Este período se considerará de ocupación cotizada a los efectos de futuras prestaciones de desempleo.

Espero haberos aclarado algo, aunque ya sé que la terminología es un poquito espesa.
Saludos.

martes, 4 de mayo de 2010

ACTIVIDADES U.T.5.



   Para terminar el tema dos bloques de actividades:
  
   A) Un test on line del Portal Educativo Cuadernalia  ( del que seguro sacaré preguntas para el examen ) y

   B) Supuestos prácticos, son obligatorios los cuatro primeros. El quinto es voluntario para las que ya hayáis terminado lo anterior.

   Ya sólo queda hacer el examen.

martes, 27 de abril de 2010

5.3. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO



 Las causas de extinción del contrato de trabajo se encuentran en el art. 49 ET. Estudiad y completad en azul este esquema en Word. El apartado D) no hay que hacerlo, lo veremos con un mapa mental elaborado por Ana Pérez, profesora de FOL del IES Al-qazeres.

miércoles, 14 de abril de 2010

U.T. 5.2.SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO



La suspensión del contrato de trabajo es el cese temporal de las obligaciones que este supone: prestar servicios para el trabajador y retribuirlos para la empresa.

Las causas de suspensión del contrato de trabajo están fijadas en el art. 45 del ET. Leedlas.
En un documento de Open Office o en tu cuaderno copia tres que te hayan llamado la atención o que no conocieras.

En el art. 46 se regulan los distintos tipos de excedencias. Rellena la siguiente tabla comparativa de excendencias voluntarias, voluntarias para el cuidado de hijos o familiares y forzosas.

miércoles, 7 de abril de 2010

LA MOVILIDAD FUNCIONAL EN VUESTRO CONVENIO


He añadido a la legislación básica el Convenio Colectivo Estatal de Salones de Belleza.
En su art. 22 contempla la posibilidad de que el empresario cambie al trabajador de funciones.
Leedlo despacio, copiadlo y coloread la respuesta del tono de la pregunta:
1-¿En qué caso podrá la empresa cambiar al trabajador a funciones que pertenezcan a distinto grupo profesional? ¿Durante cuánto tiempo?
2-¿Hay alguna diferencia entre el Convenio y el ET en cuanto al tiempo máximo que se puede estar desempeñando funciones de categoría superior? ¿Establece el Convenio alguna excepción? ¿Qué retribución percibirá el trabajador?
3-¿Y si se encomiendan al trabajador funciones inferiores? Busca diferencias con la regulación establecida en el ET.

martes, 16 de marzo de 2010

U.T.5.1.MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

FUENTE: masfol.blogspot.com


Os dejo el enlace a la presentación de Open Office que contiene el esquema del apartado 1 de la Unidad 5. La última diapositiva contiene el guión de las actividades a realizar. Para hacerlas tenéis que consultar el Estatuto de los Trabajadores, podéis acceder a él desde el enlace a la legislación básica que está a la derecha.